CONDICIONES GENERALES DE MATRÍCULA
Aplicable desde el curso 2023/24
1. ADMISIÓN / EDAD MÍNIMA DE ACCESO DE ACCESO. La admisión estará sujeta a la disponibilidad de vacante en la/s especialidad/es solicitada/s. Para la asignación de las vacantes se priorizarán las matrículas con pago domiciliado; aunque se podrán establecer puntualmente otros criterios objetivos. Se establece la edad mínima según especialidad. El alumno deberá cumplir la edad mínima durante el año natural (que no académico) en el que empieza el curso académico (p.e. para el curso académico 2023/24, el alumno deberá cumplir la edad mínima durante el 2023). Para música: en Musibebes la edad mínima es 2 años, en Jardín Musical la edad mínima es 3 años y edad máxima 7 años, en los instrumentos es 7 años (excepto “xirimita” que es 11 años) (excepcionalmente, sólo los alumnos de Jardín Musical podrán iniciar el aprendizaje de algunos instrumentos -consultar oferta de instrumentos disponibles en la solicitud de matrícula- con una edad mínima de 5 años), y solfeo y conjunto instrumental se iniciará con una edad mínima de 8 años. Para danza: en Iniciación a la Danza la edad mínima es de 5 años y la máxima de 7 años, el Nivel Elemental de Danza y la enseñanza libre de danza deberá iniciarse con una edad mínima de 8 años. Para acceder a cualquier curso de NIVEL ELEMENTAL, tanto de música como de danza, que no sea PRIMERO, si no ha cursado el curso anterior en este Centro, deberá aportar certificación académica de haber superado el curso anterior.
2. CALENDARIO ESCOLAR. La solicitud de matrícula supone la aceptación del calendario escolar del curso por el que se establecen los días festivos, días hábiles, jornadas de clase únicamente para jardín musical y jornadas de clase únicamente para instrumentos. El calendario estará expuesto durante todo el curso en la página web www.esmualtea.com y en los tablones de anuncios. En el caso de que una clase programada según el calendario no se pueda realizar, sólo será recuperable si es la escuela y/o profesor quien no puede realizarla, la cual deberá recuperarse en una fecha acordada por ambas partes (en caso de no poder acordar fecha se podrá solicitar compensación recuperando la parte proporcional de la cuota, previa petición mediante e-mail o por escrito en Secretaría dentro de los 30 días naturales posteriores a la clase no realizada). Las cuotas mensuales del curso serán invariables pese a que haya meses que se reciba más/menos clases que otro, excepto la primera cuota de los nuevos alumnos que se incorporan posteriormente al inicio del curso, que será prorrateada al día de inicio.
3. TASAS. Se establecen 2 tipos de tasas: las ORDINARIAS y las EXTRAORDINARIAS. Ambas son de obligado cumplimiento para todo el alumnado. Las TASAS ORDINARIAS corresponden a la cuota mensual y se abonarán, por adelantando, tal y como se detalla en el apartado CONDICIONES DE PAGOS de www.esmualtea.com. Las TASAS EXTRAORDINARIAS son dos: la Matrícula Anual que se abonará anualmente antes de iniciar el curso (los socios de la Sociedad Filarmónica Alteanense tienen exenta esta tasa, mediante socio numerario adulto y con parentesco de primer grado de consaguinidad [sólo padres e hijos]); y la Apertura de Expediente, que sólo la abonarán los alumnos nuevos en cuanto formalizan su matrícula (los alumnos que formalizan la matrícula por Internet tienen esta tasa exenta).
4. PAGOS. El alumno deberá velar por el pago de las tasas correspondientes según la oferta educativa que cursa. La solicitud de matrícula supone la aceptación de las “CONDICIONES DE PAGO” las cuales pueden consultarse en www.esmualtea.com y en los tablones de anuncios de la Escuela.
5. COMPROMISO DE PERMANENCIA Y PERIODO DE PRUEBA. El alumno se compromete a abonar todo el trimestre cuando éste haya sido iniciado. Para causar baja en el segundo trimestre, la baja deberá realizarse antes del 28 de diciembre; para causar baja en el tercer trimestre, se deberá realizar antes del 28 de marzo. La baja deberá cursarse a través de www.esmualtea.com (sección ‘trámites online’) o mediante escrito presentado en Secretaría. Se establece un periodo de prueba por el que los alumnos nuevos podrán causar baja hasta el 28 de octubre, pudiendo interrumpir el pago de las tasas ordinarias en el momento de la baja, así como solicitar la devolución del importe de la tasa MATRÍCULA ANUAL, en su caso. La tasa APERTURA DE EXPEDIENTE no será reintegrable.
6. NOTIFICACIONES. Cualquier notificación o mensaje que deba hacerse llegar al alumno se realizará principalmente vía mensaje corto de teléfono móvil (SMS/WhatsApp) al número de contacto del alumno indicado en la solicitud de matrícula como “teléfono móvil Ppal.”, también se podrá realizar al correo electrónico. Estos contactos podrán ser modificados en cualquier momento en esmualtea.com y será responsabilidad del usuario su actualización.
7. MATRÍCULA AUTOMÁTICA. El alumno acepta la aplicación de la MATRÍCULA AUTOMÁTICA para el próximo curso. La matrícula automática consiste en que los alumnos que ya han estado matriculados durante el curso – y que no han causado baja – quedan automáticamente matriculados para el siguiente curso, en las misma modalidad de matrícula con la que finalizó el curso anterior, excepto los alumnos que han cumplido 8 años (p.e. para el curso académico 2023/24, el alumno nacido en 2015) y los que han aprobado 4º de Nivel Elemental que, en caso de querer continuar en la Escuela, deberán formalizar matrícula. Los alumnos que, según el Plan de Estudios (www.esmualtea.com sección ‘Plan de Estudios’) exija un aumento de duración de las clases de instrumento y/o solfeo, serán renovados según dicho Plan y será notificados. En cuanto a los grupos de solfeo, el Plan de Estudios establece una duración en base a un ratio mayor a 8 alumnos por grupo, en caso de haber menos, la duración de la clase será menor.
8. BAJAS. Las bajas deberán realizarse hasta el día 28 del mes anterior al que desea aplicar la baja y deberá realizarse en www.esmualtea.com/bajas, o bien, en Secretaría (presencialmente, por teléfono, por e-mail o mensaje corto). La simple inasistencia o comunicación de la baja a un profesor no será suficiente en la mayoría de los casos, pues existen procesos administrativos que no se detienen hasta que se realiza la petición de baja de manera expresa y directa por el usuario a Secretaría, y quede constancia de ello.
9. CAPTACIÓN DE IMÁGENES. La solicitud de matrícula supone la autorización para la captación de imágenes del alumno durante su participación o presencia en las actividades y acontecimientos organizados por el Centro, así como su inclusión en su página web y en las publicaciones escolares, mientras sea alumno del Centro. Así mismo, se autoriza la participación en todas las actividades programadas para el curso, las cuales serán comunicadas con suficiente antelación. Esta autorización puede ser revocada por escrito en cualquier momento.
10. SEGURIDAD SANITARIA. Con el fin de garantizar la seguridad sanitaria, en caso de que algún alumno presente síntomas o enfermedad evidente, en especial enfermedades infecto-contagiosas, se podrá requerir del alumno un informe médico que autorice el contacto con otras personas y/o que confirme que el alumno no está en periodo contagioso (no se requiere más información que la indicada). En caso de emergencia sanitaria, el usuario de la Escuela deberá acatar la normativa que pueda dictar la Escuela en relación a emergencias sanitarias o similares de fuerza mayor. En caso de confinamiento, la Escuela podrá continuar la actividad telemáticamente sin el sobrecoste de esta modalidad on-line.
11. A los únicos efectos informativos, el uso y mantenimiento de las instalaciones, mantenimiento y adquisición del instrumental musical, así como del material didáctico-educativo de música y danza es retribuido mediante el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias. La imputación, a modo estadístico, es del total de las cuotas extraordinarias; en el caso de las cuotas ordinarias la cantidad que, por asignatura, no es imputable a este concepto es el importe de veinte euros.
12. PROTECCIÓN DE DATOS. Los datos personales recogidos en la solicitud de matrícula serán incluidos en un fichero para el tratamiento de la Escuela de Música y Danza de Altea / Sociedad Filarmónica Alteanense y podrán ser compartidos con la Concejalía de Educación/Cultura del Ayuntamiento de Altea y la Conselleria de Educación/Cultura de la Generalitat Valenciana, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias. Los datos serán recogidos y tratados conforme a la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos); u otra legislación que resulte de aplicación.
13. VARIACIÓN DE CONDICIONES. Estas CONDICIONES GENERALES DE MATRÍCULA son susceptibles de futuras variaciones de las mismas, en base a la mejora y normalización de los servicios del Centro, que serán debidamente expuestas en la pagina web www.esmualtea.com y podrán ser remitidas por e-mail o correo ordinario a los interesados.